AFIP: EL PASO A PASO VIRTUAL DESDE LA WEB DE LOS CRÉDITOS A TASA CERO

4 de mayo |

 AFIP: el paso a paso virtual desde la web de los créditos a tasa cero

Cómo acceder a la inscripción de la medida oficial. Hay tiempo desde este lunes 4 hasta el 29 de mayo para anotarse.
Desde hoy está habilitada desde el portal de AFIP.gov.ar, la opción para acceder a los créditos tasa cero. El primer paso que debemos realizar es ingresar con la clave fiscal, mínimo nivel dos, desde la web de AFIP.
Una vez ingresada la CUIT con clave fiscal, desde Mis Servicios, vamos a filtrar desde el buscador la opción Créditos Tasa Cero. En algunos casos, no todo, la opción “créditos tasa cero” les aparece directamente en la home de cada contribuyente y en otros casos la buscan como indica la pantalla siguiente:
Luego, desde la opción Créditos tasa cero, el primer paso es ingresar el Monto del crédito a tramitar. El sistema ya no indica el parámetro asignado siendo que, cada contribuyente elige el monto y lo coloca en donde dice “ingrese el monto del crédito a tramitar”.
Luego, la pantalla nos va a indicar las condiciones y las 3 cuotas de cómo se nos entregara el crédito solicitado.
La siguiente pantalla, el paso 2, sería la carga de datos del contribuyente. El correo electrónico y la reiteración del mismo
 
Luego, debemos indicar si tenemos tarjeta de crédito o no tenemos. En el caso afirmativo, se abre una solapa con las entidades bancarias habilitada debiendo, elegir nuestra entidad bancaria y a continuación colocar los 16 dígitos de nuestra tarjeta de crédito.
 
En caso negativo, se abre la misma solapa con las entidades bancarias habilitadas, teniendo que, elegir un banco que usemos con mayor frecuencia para facilitarnos nuestro crédito.
 
Luego, como último paso, nos ilustra los datos que ingresamos y nos pode la confirmación de los mismos. Confirmamos y automáticamente, el sistema no da por completa la carga.
La ultima pantalla donde nos indica que completamos correctamente la carga del crédito tasa cero, nos da la opción de generar un comprobante con los datos asignados en formato PDF.
Si bien, el paso a paso refiere a los contribuyentes que han calificado, a continuación, mediante tres pantallas, explicamos los que no calificaron.
 
En este caso, no se cumplen los requisitos por haber facturado en el periodo de 12/03 al 12/04.
En este segundo caso, no califica por ser autónomo gerente o administrador de una sociedad comercial.
Y la tercera pantalla, obedece a las condiciones genéricas de no calificar por incumplir algunas de las siguientes opciones.
En estos casos de no calificar, no hay derecho a replicar ni opción de acceder a los créditos tasa cero.
 
JUAN PABLO CHIESA
(*) Abogado Especialista en Derecho del Trabajo. Presidente de APREEA
AMBITO.COM
 

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