Río Gallegos suspende parte del canon a camiones que empieza el domingo
El Municipio de la capital de Santa Cruz puso en “efecto suspensivo” a parte del canon que buscan cobrar a los transportistas cada vez que utilicen las calles y rutas dentro del ejido municipal.
Así lo confirmó a La Opinión Austral en la tarde del jueves el secretario de Hacienda, Diego Robles, quien ratificó que “a partir de mañana (por el 1 de marzo) empezamos a cobrar lo que es introducción de mercadería con los valores de la ordenanza”.
“Ponemos en efecto suspensivo la aplicación de la clausula C, si bien no nos notificaron nada desde la Justicia”, indicó a LOA el titular de Hacienda local. “Vamos a seguir convocando a mesas de diálogo y espacios para seguir tratando de ponernos de acuerdo y escuchar a todas las voces como siempre”, agregó.
Esto significa que el 1 de marzo el Municipio de Río Gallegos no cobrará el canon de 10 módulos a los camiones que pasen por Río Gallegos para llegar a Chile, Tierra del Fuego u otros destinos.
Sí, en cambio, comenzará a aplicar el cobro para los transportes que ingresen mercaderías a la ciudad capital de Santa Cruz.
Robles y la secretaria de Desarrollo Comunitario Alejandra Vázquez, ratificaron lo que anticipó La Opinión Austral acerca de que este domingo 1 se dará inicio al cobro de la tasa por introducción de mercadería en nuestra ciudad capital, tras haber concretado varias reuniones desde el 23 de diciembre, fecha en que fuera sancionada la Ordenanza que modificara la cantidad de módulos, hasta estos días a efectos de informar, coordinar y dialogar con los diversos transportistas, empresas y cámaras.
“Pese a que el último encuentro no pudo realizarse por la inasistencia de los convocados es voluntad del Ejecutivo Municipal continuar realizando mesas de trabajo durante las próximas semanas con los diferentes actores involucrados teniendo en cuenta el espíritu de nuestra gestión, marcado por el dialogo abierto y permanente”, sostuvieron.
“Es por ello, que se comenzará con la aplicación plena de los incisos a) y b), dejando en suspenso la aplicación del inciso c) del Art. 75 referido al uso y ocupación transitoria del ejido municipal” anunciaron.
LA OPINIÓN AUSTRAL. SANTA CRUZ